septiembre 19, 2024

Rosa Pilarte no tiene suerte en el TSE; tribunal valida decisión del PRM que no le permitió inscribir precandidatura

Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó este jueves el recurso de impugnación, oposición y nulidad radical y absoluta elevado por la diputada Rosa Pilarte de López contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM), que se negó a inscribir su precandidatura a la misma posición.

El TSE emitió un comunicado en el que confirmó «en todas sus partes» la resolución 49-2023 emitida por la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del PRM del 3 de agosto.

La institución determinó que la resolución del PRM está fundamentada en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en los estatutos vigentes del Partido Revolucionario Modernos y en los reglamentos internos de dicha formación.

La decisión fue adoptada con el voto de cuatro de los jueces y el voto disidente de la magistrada Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez.

El fallo del TSE fue el segundo que en menos de una semana desfavorece a la diputada Pilarte de López, representante por la provincia de La Vega.

El lunes pasado, el Tribunal Superior Electoral declaró «inadmisible» un recurso de constitucionalidad de «amparo y nulidad» que presentó la legisladora en contra de la decisión del partido oficialista.

En esa oportunidad, el organismo dijo que tomó la decisión por «existir otras vías judiciales para reclamar los derechos alegadamente vulnerados, que es la impugnación contra actuaciones partidarias concretas».

El PRM rechazó la inscripción de Pilarte de López, quien es imputada por la Procuraduría General de la República (PGR) por supuestamente formar parte de una red de narcotráfico y lavado de activos, la que también integran presuntamente su esposo, el empresario Miguel «Micky» López Florencio, y dos hijos de la pareja, entre otras personas.

La resolución del PRM, al rechazar la precandidatura de la diputada, establece que esa organización «en su accionar procura llevar en sus boletas electorales a cargos de elección popular, a hombres y mujeres que no tengan procesos abiertos vinculados a delitos e infracciones de tipos penales, los cuales estos sean el reflejo de los valores y principios que enarbola».

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